Jurisdicción social

Jurisdicción social

Por Karpa Carballo

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Sinopsis

En España hay varios tipos de despido, en función de las causas que los motiven . Pero en ocasiones, bajo una extinción del contrato por razones disciplinarias u objetivas, se esconde un despido improcedente. Pero no todos los despidos que figuran como objetivos o disciplinarios lo son. En ocasiones, es un despido improcedente y el trabajador tiene instrumentos legales para impugnarlo. Se puede hablar de despido improcedente en las siguientes situaciones: Cuando no se indique una causa para el despido, no se pueda probar que el motivo aducido sea real o este no tenga la gravedad suficiente, puede calificarse como improcedente. También lo será cuando no se observen los requisitos formales. Si el despido por causas objetivas se hace de forma verbal o no quedan plasmados en la carta los motivos, podría darse una extinción improcedente del contrato. Lo mismo sucedería si en el despido disciplinario no se motivan los hechos o no se da audiencia previa a los representantes sindicales. También se puede reconocer en la carta que es un despido improcedente y otorgar al trabajador la indemnización que le corresponde. El libro incorpora de forma íntegra y actualiza la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social  

Karpa Carballo